jueves

RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL

La responsabilidad civil se basa en los compromisos establecidos en los contratos de servicio profesional que firme el profesional y lo establecido en el Código Civil.

El artículo 1637 establece la responsabilidad decenal: "Si en el curso de diez años, a contar desde el día en que se ha terminado la construcción de un edificio o de una obra importante o considerable, uno u otra se arruinaren en todo o en parte, o presentaren evidente peligro de ruina por defectos de construcción o por vicio del suelo, el arquitecto y el empresario son responsables. La acción de indemnización debe intentarse dentro de dos años a contar desde el día en que se ha verificado uno de los casos mencionados".

El artículo 1185 establece la responsabilidad contra terceros "El que con intención, o por negligencia o por imprudencia, ha causado un daño a otro, está obligado a repararlo".

En ambos casos podría haber responsabilidad civil, aun en el caso de un terremoto, pues aunque es un acontecimiento impredecible, en el sentido que no se puede precisar cuando lo habrá, el conocimiento sísmico establece que donde ha temblado, temblará y donde no ha temblado, no se sabe si temblará alguna vez; y que hay zonas del país delimitadas con riesgo sísmico variable, también que hay terrenos mas vulnerables y que las construcciones pueden calcularse sismo resistentes a sismos de media intensidad, aplicando las normas correspondientes. Por consiguiente, podría haber responsabilidad profesional si no se aplicara las normas sísmicas correspondientes y se muestra negligencia, impericia o imprudencia profesional en el diseño o construcción de la edificación dañada por un terremoto. La carga de la prueba corresponde al demandante.

La Ley Orgánica de Ordenación urbanística en sus artículos 99,100 y 101 establece que responden en los términos del artículo 1637 del Código Civil tanto los profesionales proyectistas o directores de la obra, certificadores de su calidad, el promotor y toda persona que venida, después de terminada una obra que haya construido o hecho construir.

El artículo 86 y 87 establece las variables urbanas fundamentales que controlan los organismos municipales en los proyectos de urbanizaciones y edificaciones. Allí se incluyen sistemas de seguridad o por protección ambiental y en el Reglamento de esa Ley en sus artículos 60 y 61 se hacen explícitas estas últimas restricciones. "Las previsiones derivadas de los estudios necesarios para determinar los riesgos geológicos y la factibilidad geológica del proyecto..." tanto de urbanización como de edificación.

La responsabilidad civil se paga mediante indemnización o el resarcimiento del daño y corresponde a los Tribunales Ordinarios su decisión.

La responsabilidad penal está basada en los Artículos 357, 519 y 520 del Código Penal. Estos artículos rezan así:

Artículo 357: "El que por haber obrado con imprudencia, negligencia o bien con impericia en su profesión, arte o industria, o por inobservancia de los reglamentos, órdenes o disposiciones disciplinarias, haya ocasionado algún incendio, explosión, inundación, sumersión o naufragio, algún hundimiento o cualquier otro desastre o peligro común será castigado con prisión de tres a quince años.

Si del delito resulta un peligro para la vida de las personas, la prisión será de tres a treinta meses, y si resultare la muerte de alguna, la prisión será de uno a diez años".

Artículo 519: " Todo el que hubiere intervenido en los planos o en la construcción de algún edificio, si éste se desploma o cae por negligencia o impericia, aunque no cause mal o peligro a terceros, será penado con multa de cien bolívares, como mínimo y podrá serlo, además, con la suspensión del ejercicio de su profesión o arte.

La disposición del presente artículo es aplicable al caso de que desplomen o caigan puentes, andamios u otros aparatos establecidos para la construcción o reparación de edificios o para cualquier obra semejante".

Artículo 520: "Siempre que algún edificio o cualquier construcción amenazare ruina, en todo o en parte, con peligro para la seguridad personal, el propietario, su representante o quien por algún título estuviere encargado de la conservación, vigilancia o construcción del edificio, será penado con multa de diez a cien bolívares, si no ha procedido oportunamente a los trabajadores necesarios para prevenir el peligro. Si ha transgredido las disposiciones de la autoridad competente, la multa podrá ser hasta de mil bolívares.

Siempre que se trate de algún edificio u otra construcción total o parcialmente en ruina, y el que deba procurar la reparación o las medidas bastantes para prevenir el peligro que resultarse de la ruina, la multa será de cincuenta a mil bolívares".

Apartando lo risible por lo insignificante de las multas, erosionadas por la inflación, cuando se modifiquen, tendrá nuevamente importancia. No así la prisión que si es un castigo grave.

Normativa Sísmica:

La Normativa Legal es necesaria, aunque no suficiente para garantizar el bien común. Sin embargo, dada la complejidad de sistemas, procedimientos, métodos, especificaciones, terminología en el ámbito de la producción de bienes y en la prestación de servicios y dado el vertiginoso desarrollo de la ciencia y la tecnología se ha considerado más versátil la aprobación de normas técnicas, que legales.

La ley de normalización y control de calidad del 31-12-79 centraliza en COVENIN la coordinación para la elaboración de normas técnicas. La característica fundamental de una norma técnica es su especialidad en el contenido, el resultado consensual de los actores intervinientes en su aprobación y el carácter de recomendación y no de obligatorio cumplimiento como lo es una norma legal.

La norma COVENIN 1756.87: "Edificaciones Antisísmicas" fue aprobada con carácter provisional en 1982 y de manera definitiva con su texto original en 1987.

Esta norma establece criterios de análisis y diseño para edificaciones situadas en zonas donde pueden ocurrir movimientos sísmicos y sustituye a la norma provisional para construcciones antisísmicas MOP 1967.

La norma incluye requerimientos para análisis ni diseño de edificaciones con elementos portantes que sean prefabricados ni tampoco puentes, muelles, estructuras hidráulicas, instalaciones eléctricas ni mecánicas.

Esta norma incluye en su texto: prescripciones generales, mapa de zonificación sísmica, clasificación de edificaciones según el uso, nivel de diseño tipo y regularidad estructural, tipos de terrenos de fundación, corte basal y espectro de diseño, requerimientos generales y criterios de análisis, métodos de análisis control de desplazamientos. Además, fundaciones, muros y taludes, licuefacción e instrumentación, modificaciones y reparaciones. Finalmente contiene 123 paginas de comentarios, con los cuales se propone: dar las razones justificativas, sugerir alternativas de análisis y dejar constancia de problemas específicos que requieren investigación.

Las normas COVENIN 1753-87 "Estructuras de Concreto Armado para Edificaciones. Análisis y Diseño" y la 1618-82 "Estructuras de Acero para Edificaciones. Proyecto, Fabricación y Construcción" equivalentes a normas del Instituto Estadounidense de la Construcción de acero son concordantes con la norma sismoresistente vigente, en particular el Capitulo 18 de la norma 1753-87.

Estas normas, aunque no obligatorias, a menos que en el contrato de construcción se establezca así, son de referencia obligada en los cálculos de edificaciones y debería establecerse mecanismos para que fuese de cumplimiento obligatorio.

NOTA: MATERIAL PARA EXAMEN  PARCIAL SEGUNDO CORTE.

DEJAR COMENTARIO. 

23 comentarios:

  1. BUENO ACERCA DEL CONTRATO DE OBRA ES IMPORTANTE RESALTAR O DEFINIR QUE ES LA FORMA ORAL O ESCRITA QUE ESTABLECE EL COMITENTE O CONTRATANTE CON UN CONTRATISTA O CONTRATADO PARA EJECUTAR UNA OBRA LA CUAL DEBE SER CANCELADA POR UN PRECIO DETERMINADO AL SER CULMINADO EL OBJETIVO DE LA OBRA CLARO TODO ELLO BAJOS LAS NORMAS ESTABLECIDAS DE CONSTRUCCION URBANISTICAS Y LAS CLAUSULAS DE LEY QUE POSEE EL CONTRATRO A EJECUTAR REGULADAS POR EL CODIGO CIVIL EN EL MARCO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE AMBAS PARTES SIN QUE UNA DIFIERA DE LA OTRA ES DECIR DE MUTUO ACUERDO Y EN TOTAL CONVENIMIENTO TANTO EN EL PAGO COMO EN LA EJECUCION DE LA OBRA.

    ALUMNO: DOUGLAS MORENO
    C.I: 7.141.448
    SECCION: I001N ING. CIVIL
    5TO SEMESTRE

    ResponderEliminar
  2. jose nicolas Torrealba CI 7.045.622
    seccion I-011-N 5to semestre ing civil

    La Responsabilidad civil es la figura legal que permite indemnizar al tercero perjudicado los daños que ha sufrido como consecuencia de la conducta negligente de una persona física o jurídica. La responsabilidad civil consiste en la obligación que recae sobre una persona de reparar el daño que ha causado a otro, sea en naturaleza o bien por un equivalente monetario. Toda persona responsable de un delito o falta lo es también civilmente si del hecho se derivasen daños o perjuicios. Si son dos o más los responsables de un delito o falta los Jueces o Tribunales señalarán la cuota de que deba responder cada uno.

    ResponderEliminar
  3. Nicolas Torrealba CI 7045622
    seccion I-001-N 5to semestre ing. civil

    La Responsabilidad civil es la figura legal que permite indemnizar al tercero perjudicado los daños que ha sufrido como consecuencia de la conducta negligente de una persona física o jurídica. La responsabilidad civil consiste en la obligación que recae sobre una persona de reparar el daño que ha causado a otro, sea en naturaleza o bien por un equivalente monetario. Toda persona responsable de un delito o falta lo es también civilmente si del hecho se derivasen daños o perjuicios. Si son dos o más los responsables de un delito o falta los Jueces o Tribunales señalarán la cuota de que deba responder cada uno.

    ResponderEliminar
  4. SAlcedoYolimar
    CI: 14.677.029
    Ing.Civil Noct.
    Responsabilidad civil; consiste en la obligación que recae sobre una persona de reparar el daño que ha causado a otro, es procurar la reparación, que consiste en restablecer el equilibrio que existía entre el patrimonio del autor del daño y el patrimonio de la víctima antes de sufrir el perjuicio. La responsabilidad civil posee un aspecto preventivo, que lleva a los ciudadanos a actuar.

    ResponderEliminar
  5. Judith Romero
    Seccion 001 Ing Civiñ
    Los compromisos adquiridos en la firma de un contrato de servicio son regulados por el codigo civil, tal es el caso el caso de la responsabilidad que tiene el propietario y arquitecto en casos de ruinas de una estructura, por otro lado abarca la responsabilidad penal la cual abarca desde pago de multas, arresto y suspension de ejercicios de la carrera. Para toda construccion existen una serie de normas que regulan las construcciones, esta son llamadas normas covenin ya que si ocurriese un derrumbamiento por causas nautrales o sismicas aunque es algo impredesible recae la responsabilidad con la misma aplicacion de sanciones pues se debe preveer las zonas sismicas a la hora de construir. De igual la responsabilidad sobre una obra tiene una periodo de duracion de diez años.

    ResponderEliminar
  6. CARMEN Y. VALERA
    C.I.: 12.584.158

    Siendo la responsabilidad civil el compromiso que se establece en los contratos de servicios profesionales y lo establecido en el Código Civil. Permitiendo asi que los contratos cobren fuerza de ley entre las partes contratantes. Obligan tanto a lo que se expresa en ellos, como a las consecuencias que la equidad, el uso o la ley hacen nacer de la obligación, según la naturaleza de ésta.

    Por otra parte, en la construcción es importante la integración de los Comité de Higiene y Seguridad industrial, ya que es una forma de medir la productividad de la empresa, relacionado con los accidentes y lesiones sucedidos en las obras.

    ResponderEliminar
  7. Las responsabilidades a las que esta sometido un ingeniero civil frente a la construccion de una obra estan basadas en el codigo civil y el codigo penal de la Republica Bolivariana de Venezuela, ya qu todo acto que acaree detrioro parcial e imparcial de una estructura bien sea intencional o no por fallas de calculos de estructura, diseño o nivelaciones de terreno ocasionas en un lapso no mayor a diez años seran seran indemnizado por los responsables de la obra. Dichas sanciones van desde suspension de licencia de acuerdo al codigo civil y pago de multas y prisión de acuerdo al codigo penal, cabe señalar que los montos establecido son insignificacntes motivado a l indice inflaccionario. Asi mismo, el periodo. Aunado a esto se deben tomar las previsiones necesarias cuando se construye en zonas sismicas siguiendo las normativas previstas para contrucciones antisismicas ( COVENIN 1756.87); ya que de ocurrir un siniestro y la estructura sufra daños sera regulado con las mismas sanciones.

    ResponderEliminar
  8. En Venezuela existen normas que deben ser cumplidas a cabalidad la responsabilidad civil es una ley en la cual se establece las obligaciones que deben ser cumplidas con exactitud en un contrato, en este se estipula los años de vidad de la construccion, el tiempo que se tardara en culminar la misma, ademas de las responsabilidades que debe tener en caso de que se llegare a arruinar deteriorar antes de cimplirse los años de vida util.
    Por otra parte tenemos la responsabilidad penal en esta se contempla ejecuciones por imprudencia del mal uso o no uso correcto del material, o por corrupcion o estafa causando daños como innundaciones, incendios, derrumbes, entre otros
    Por esta razon es sumamente importante que tengamos en cuenta que como profesionales debemos actuar con responsabilidad y etica, ademas de esto ser conocedores de las leyes establecidas en el codigo del ingeniero para asi no tener que acarrear sanciones o estar involucrado en situaciones penales.


    YULIMAR ROMERO
    C.I:15.901.096
    ING. CIVIL I001

    ResponderEliminar
  9. German Omaña
    Ci 17172076


    La responsabilidad civil es aquel conjunto de consecuencias jurídicas patrimoniales por el hecho de asumir deberes., teniendo en cuenta que la responsabilidad jurídica de un sujeto es determinada por el ordenamiento jurídico. Si nos referimos a la responsabilidad profesional, no entra a tallar el deber moralporque no esta dentro del mundo jurídico; pero si se considera
    como la base del desarrollo del mismo...

    La responsabilidad penal existe a partir de los 18 años. Para el caso que un delito tipificado por el Código Penal, sea cometido por un menor de edad, se tendrá que aplicarse la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores Cuando el autor de los hechos sea menor de catorce años, no se le exigirá responsabilidad con arreglo a la presente Ley, sino que se le aplicará lo dispuesto en las normas sobre protección de menores previstas en el Código Civil y demás disposiciones vigentes. El Ministerio Fiscal deberá remitir a la entidad pública de protección de menores testimonio de los particulares que considere precisos respecto al menor, a fin de valorar su situación, y dicha entidad habrá de promover las medidas de protección adecuadas a las circunstancias de aquel conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero

    ResponderEliminar
  10. BEKSY MONTOYA C.I 18971094

    La responsabilidad civil consiste en la obligación que recae sobre una persona de reparar el daño que ha causado a otro, sea en naturaleza o bien por un equivalente monetario, (normalmente mediante el pago de una indemnización de perjuicios). La persona que vulnera un deber de conducta impuesto en interés de otro sujeto a la obligación de reparar el daño producido. Aunque normalmente la persona que responde es la autora del daño, es posible que se haga responsable a una persona distinta del autor del daño, caso en el que se habla de «responsabilidad por hechos ajenos». Con respecto a la responsabilidad penal se basa en los art 357, 519 y 520 del codigo penal.

    ResponderEliminar
  11. SANDY PERDOMO C.I 13196569

    La responsabilidad penal existe a partir de los 18 años. Para el caso que un delito tipificado por el Código Penal, sea cometido por un menor de edad, se tendrá que aplicarse la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores Cuando el autor de los hechos sea menor de catorce años, no se le exigirá responsabilidad con arreglo a la presente Ley, sino que se le aplicará lo dispuesto en las normas sobre protección de menores previstas en el Código Civil y demás disposiciones vigentes. El Ministerio Fiscal deberá remitir a la entidad pública de protección de menores testimonio de los particulares que considere precisos respecto al menor, a fin de valorar su situación, y dicha entidad habrá de promover las medidas de protección adecuadas a las circunstancias de aquel conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero

    ResponderEliminar
  12. GONZALO BERRIO C.I 12995631

    En ambos casos podría haber responsabilidad civil, aun en el caso de un terremoto, pues aunque es un acontecimiento impredecible, en el sentido que no se puede precisar cuando lo habrá, el conocimiento sísmico establece que donde ha temblado, temblará y donde no ha temblado, no se sabe si temblará alguna vez; y que hay zonas del país delimitadas con riesgo sísmico variable, también que hay terrenos mas vulnerables y que las construcciones pueden calcularse sismo resistentes a sismos de media intensidad, aplicando las normas correspondientes. Por consiguiente, podría haber responsabilidad profesional si no se aplicara las normas sísmicas correspondientes y se muestra negligencia, impericia o imprudencia profesional en el diseño o construcción de la edificación dañada por un terremoto. La carga de la prueba corresponde al demandante.

    ResponderEliminar
  13. jonathan calderon c.i 14494186 001 civil v semestre
    responsabilidad social se refiere a la obligacion y deber del ingeniero para con la sociedad, en lo que concierne a las obras civiles. es el compromiso etico que adquiere al tomar las riendas de una obra, por consiguiente cualquier fenomeno fisico ocurrido como consecuencia de la mala ejecucion de la obra, podria desncadenar una accion penal sobre todos los responsables, que tengan poder de desicion en la obra.

    ResponderEliminar
  14. JORGE KARAM 7106873
    Los responsables serán sancionados con multa de tres mil unidades tributarias
    (3.000. UT), y el Servicio Nacional de Contratistas declarará la inhabilitación de
    éstos, para integrar sociedades de cualquier naturaleza que con fines comerciales
    pueda contratar con la administración pública. La declaratoria de la
    inhabilitación, será notificada a los órganos competentes de conformidad con el
    Reglamento de la presente Ley.
    Igualmente cuando el infractor de la presente Ley fuese una persona jurídica, se
    le suspende del Registro Nacional de Contratistas, independientemente de la
    responsabilidad civil, penal o administrativa de sus representantes, por los
    siguientes lapsos:
    1. De tres a cuatro años, cuando suministren información falsa, actúen
    dolosamente, de mala fe o empleen otras prácticas fraudulentas para la
    inscripción en el Registro Nacional de Contratistas, en el ejercicio de
    recursos, o cualesquiera otros procedimientos previstos en la presente Ley.
    2. De dos a tres años cuando retiren ofertas durante su vigencia, o siendo
    beneficiarios de la adjudicación no suscriban el contrato o no constituyan la
    garantía de fiel cumplimiento del contrato, dentro del plazo establecido en los
    pliegos de condiciones.
    3. De dos a tres años cuando ejerzan recursos manifiestamente temerarios contra
    los actos o procedimientos previstos en la presente Ley, o les sean resueltos
    por su incumplimiento contratos celebrados con órganos o entes regidos por
    la misma.
    4. De cuatro a cinco años cuando incurran en prácticas de corrupción.

    ResponderEliminar
  15. Siendo la responsabilidad civil el compromiso que se establece en los contratos de servicios profesionales y lo establecido en el Código Civil. Permitiendo asi que los contratos cobren fuerza de ley entre las partes contratantes. Obligan tanto a lo que se expresa en ellos, como a las consecuencias que la equidad, el uso o la ley hacen nacer de la obligación, según la naturaleza de ésta.

    Por otra parte, en la construcción es importante la integración de los Comité de Higiene y Seguridad industrial, ya que es una forma de medir la productividad de la empresa, relacionado con los accidentes y lesiones sucedidos en las obras.

    Felix Ocando
    C.I. 11949592
    Ing. civil 001-N

    ResponderEliminar
  16. yunaldy nieves

    La responsabilidad civil consiste en la obligación que recae sobre una persona de reparar el daño que ha causado a otro, sea en naturaleza o bien por un equivalente monetario, (normalmente mediante el pago de una indemnización de perjuicios).En venezuela La responsabilidad civil se basa en los compromisos establecidos en los contratos de servicio profesional que firme el profesional y lo establecido en el Código Civil. y como lo referi en el anterior comentario "la ignorancia de la ley no te exime de su cumplimiento".

    ResponderEliminar
  17. Andreina Sarmiento CI: 15.656.069
    Ing. Civil 001

    La responsabilidad civil necesita la existencia de un daño previo que se pretende reparar. Puede existir daño moral o daño pecuniario. Se trata de un daño, en sentido amplio, por incumplimiento. Las personas que tienen vinculación con el empresario responden por el daño ocasionado. En caso de insolvencia de éstos, aparece el empresario como responsable subsidiario. En los casos en que éste no es persona física, la responsabilidad se difumina, como en el caso de las sociedades. La responsabilidad será directa si el trabajador hace lo que le dice el empresario.Asimismo, el Código Penal prevé la responsabilidad civil de quien se ha beneficiado de los efectos de un hecho punible hasta el monto de su enriquecimiento.

    ResponderEliminar
  18. perez neibis C.I: 17191581
    ing.civl.001 V semestre


    La responsabilidad civil consiste en la obligación que recae sobre una persona de reparar el daño que ha causado a otro, sea en naturaleza o bien por un equivalente. Las responsabilidades a las que esta sometido un ingeniero civil frente a la construccion de una obra estan basadas en el codigo civil y el codigo penal del Estado, ya qu todo acto que acaree detrioro parcial e imparcial de una estructura bien sea intencional o no por fallas de calculos de estructura, diseño o nivelaciones de terreno ocasionas en un lapso no mayor a diez años seran seran indemnizado por los responsables de la obra.

    ResponderEliminar
  19. Yolimar Salcedo
    CI:14677029
    Ing.Civil 001

    La responsabilidad penal no busca resarcir o compensar a la víctima del delito, sino que esa será una responsabilidad civil independiente y derivada del acto delictivo. Sería un tipo de responsabilidad civil extracontractual por producir un acto lesivo para otra persona. Su finalidad es distinta: La responsabilidad penal sanciona, y la civil repara un daño.

    ResponderEliminar
  20. maiker marin
    CI:19529822
    Ing.Civil 001n

    se basa en los compromisos establecidos en los contratos,Permitiendo asi que los contratos cobren fuerza de ley entre las partes contratantes. El artículo 1185 establece la responsabilidad contra terceros "El que con intención, o por negligencia o por imprudencia, ha causado un daño a otro, está obligado a repararlo";En ambos casos podría haber responsabilidad civil, aun en el caso de un terremoto, pues aunque es un acontecimiento impredecible, en el sentido que no se puede precisar cuando lo habrá, el conocimiento sísmico establece que donde ha temblado, temblará y donde no ha temblado, no se sabe si temblará alguna vez; y que hay zonas del país delimitadas con riesgo sísmico variable, también que hay terrenos mas vulnerables y que las construcciones pueden calcularse sismo resistentes a sismos de media intensidad, aplicando las normas correspondientes.

    ResponderEliminar
  21. Eleide Fernández Gil.
    10.898.222.

    La responsabilidad civil es el compromiso que se establece en los contratos de servicios profesionales y lo establecido en el Código Civil.
    La responsabilidad penal existe a partir de los 18 años. Para el caso que un delito tipificado por el Código Penal, sea cometido por un menor de edad, no se le exigirá responsabilidad con arreglo a la presente Ley, sino que se le aplicará lo dispuesto en las normas sobre protección de menores previstas en el Código Civil y demás disposiciones vigentes. El Ministerio Fiscal deberá remitir a la entidad pública de protección de menores testimonio de los particulares que considere precisos respecto al menor, a fin de valorar su situación.
    La Responsabilidad Civil, repara un daño. La Responsabilidad Penal, Sanciona.

    ResponderEliminar
  22. Quiero presentarles un caso de estafa de la ingenieria civil y cual son los delitos tipificado en el codigo penal y codigo civil que este ingeniero cometio. En banco privado le entrega la cantidad de Bs. 4.000.000 para la construccion de una urbanizacion de 36 viviendas apareadas con una parcelas de 150 mts y 75 mts de construcción, con una area educativa, una area deportiva y una area de parque infantil con una zona protectora de una quebrada intermitente. El ingeniero promotor y constructor debe realizar segun los estudios de suelo, debe hacer muros de contencion, con terrazas construidas por capas o carpetas de 25 cm y comprimiodas con bribrocompador hidraulico. el constructor no hace los muros de constension que le habian expresado en los estudios de suelo y realiza pared de bloques con vigas de riostra, no realiza compactacion del terrenos , apesar que le dicen que el suelo tiene 2,50 cm de capa organica. monta la viviendas con esas caracteristicas, disminuye la parcelas de 150 a 142 mts, vende la area educativa, vende la area deportiva, vende la zona protectora y el parque, y para finalizar los estudios de suelo le recomendaron varias tecnicas que deberia cumplir porque a la larga se ivan a producir asentyamientos diferenciales. En estos momento todas las casa se esta presentando asentamientos diferenciales por todas la paredes, en forma de 45 grados, 90 grados y 0 grados. cuales es el calificativo juridicos de este ingeniero.

    ResponderEliminar
  23. que es la responsabilidad penal. quien me ayuda con eso?

    ResponderEliminar