Jose NIcolas Torrealba seccion I-001-N ing.civil 5to semestre
El contrato público es un tipo de contrato en el que al menos una de las partes es una Administración pública cuando actúa como tal, y en el que está sometida a un régimen jurídico exorbitante del Derecho privado que coloca al contratante en una situación de subordinación jurídica frente a la Administración. El objeto de este contrato se rige, en consecuencia, por el Derecho público. En todo contrato administrativo tiene que participar por lo menos un órgano estatal en ejercicio de función administrativa. Ahora bien, es la Ley la que define que se entiende propiamente por órgano estatal, que en determinadas circunstancias puede incluir entes no estatales de Derecho público interno.
La contratación pública sostenible pretende ser una herramienta para integrar criterios ambientales, sociales y éticos en la compra o contratación de obras, bienes o servicios de las Administraciones Públicas. En los procedimientos de contratación pública se identifican diferentes fases en las que se pueden integrar criterios sostenibles: definición del objeto del contrato, solvencia técnica de los licitadores, especificaciones técnicas del objeto del contrato, adjudicación del contrato y ejecución del contrato.
El contrato público es un tipo de contrato en el que al menos una de las partes es una Administración pública cuando actúa como tal, y en el que está sometida a un régimen jurídico exorbitante del Derecho privado que coloca al contratante en una situación de subordinación jurídica frente a la Administración. El objeto de este contrato se rige, en consecuencia, por el Derecho público. En todo contrato administrativo tiene que participar por lo menos un órgano estatal en ejercicio de función administrativa. Ahora bien, es la Ley la que define que se entiende propiamente por órgano estatal, que en determinadas circunstancias puede incluir entes no estatales de Derecho público interno. Felix Ocando C.I. 11949592 Ing. civil 001-N
yunaldy nieves. C.I: 13.780.723 seccion: 001, Ing. civil
la ley de contratacion publica establece perfectamente los basamentos legales de interes tanto para el contratante como el contratista, razon por la cual la ignorancia de alguna de ellas no los absorve de la sancion.
Robert Doubront CI 12109478 En un contrato publico la administracion es ente rector, caso particular el de los ministerios, aqui se indican las clausulas convenimiento al que sera objeto de disfrute un funcionario. claro esta que estos estan al servicio de un colectivo y una sociedad. Teniendo responsabilidades y derechos compartidos.
La Contrataciòn Publica, es una herramienta, que permite unir voluntades entre personas, orientadas a contribuir con el cumplimiento de los objetivos del Estado, a los fines de adecuar las pautas, lineamientos y procesos del subsistema de contratación.
Yolimar Salcedo CI:14677029 Ing.Civil 001 Es una herramienta, que permite unir voluntades entre personas, orientadas a contribuir con el cumplimiento de los objetivos del Estado y de las entidades que celebran un contrato. ... tiene lugar cuando las entidades públicas contratan con personas jurídicas o naturales del sector público o privado,
El contrato público es en el que al menos una de las partes es una Administración pública(Ministerio, Gobernación, Alcaldía, entre otros) cuando actúa como tal, y en el que está sometida a un régimen jurídico del Derecho privado que coloca al contratante en una situación de subordinación jurídica frente a la Administración. En todo contrato administrativo tiene que participar por lo menos un órgano estatal en ejercicio de función administrativa. La Ley es la que define y se entiende propiamente como un órgano estatal, que en determinadas circunstancias puede incluir entes no estatales de Derecho público interno.
Jose NIcolas Torrealba seccion I-001-N ing.civil 5to semestre
ResponderEliminarEl contrato público es un tipo de contrato en el que al menos una de las partes es una Administración pública cuando actúa como tal, y en el que está sometida a un régimen jurídico exorbitante del Derecho privado que coloca al contratante en una situación de subordinación jurídica frente a la Administración.
El objeto de este contrato se rige, en consecuencia, por el Derecho público. En todo contrato administrativo tiene que participar por lo menos un órgano estatal en ejercicio de función administrativa. Ahora bien, es la Ley la que define que se entiende propiamente por órgano estatal, que en determinadas circunstancias puede incluir entes no estatales de Derecho público interno.
BEKSY MONTOYA C.I 18971094
ResponderEliminarpresente profesora
GONZALO BERRIO C.I 12995631
ResponderEliminarI LOVE PROF
SANDY PERDOMO C.I 13196569
ResponderEliminarPRESENTE MI PROFE
leido y captado su publicacion jonathan calderon c.i 14494186
ResponderEliminarJORGE KARAM 7106873
ResponderEliminarLa contratación pública sostenible pretende ser una herramienta
para integrar criterios ambientales, sociales y éticos
en la compra o contratación de obras, bienes o servicios de
las Administraciones Públicas.
En los procedimientos de contratación pública se identifican
diferentes fases en las que se pueden integrar criterios sostenibles:
definición del objeto del contrato, solvencia técnica
de los licitadores, especificaciones técnicas del objeto
del contrato, adjudicación del contrato y ejecución del contrato.
presente nancy rodriguez ci 18.361.894
ResponderEliminaring.civil 001n.
aqui estuve profe nancy rodriguez c.i 18361894
ResponderEliminarpresente profe jonathan calderon c.i 14494186
ResponderEliminarpresente profesora yennibeth colina c.i 17255597
ResponderEliminarpresente profesora
ResponderEliminarJudith Romero
ResponderEliminarCI 14.465.731
presente
Yulimar Romero
ResponderEliminarCI 15.901.096
Presente
El contrato público es un tipo de contrato en el que al menos una de las partes es una Administración pública cuando actúa como tal, y en el que está sometida a un régimen jurídico exorbitante del Derecho privado que coloca al contratante en una situación de subordinación jurídica frente a la Administración.
ResponderEliminarEl objeto de este contrato se rige, en consecuencia, por el Derecho público. En todo contrato administrativo tiene que participar por lo menos un órgano estatal en ejercicio de función administrativa. Ahora bien, es la Ley la que define que se entiende propiamente por órgano estatal, que en determinadas circunstancias puede incluir entes no estatales de Derecho público interno.
Felix Ocando
C.I. 11949592
Ing. civil 001-N
yunaldy nieves. C.I: 13.780.723
ResponderEliminarseccion: 001, Ing. civil
la ley de contratacion publica establece perfectamente los basamentos legales de interes tanto para el contratante como el contratista, razon por la cual la ignorancia de alguna de ellas no los absorve de la sancion.
Robert Doubront
ResponderEliminarCI 12109478
En un contrato publico la administracion es ente rector, caso particular el de los ministerios, aqui se indican las clausulas convenimiento al que sera objeto de disfrute un funcionario. claro esta que estos estan al servicio de un colectivo y una sociedad. Teniendo responsabilidades y derechos compartidos.
Andreina Sarmiento CI:15.656.069
ResponderEliminarIng. Civil. 001N
Neibis Pérez C.I: 17191581
ResponderEliminarIng.civil 001N.V semestre
Presente Profesora....
CARMEN Y. VALERA
ResponderEliminarC.I: 12.584.158
CIVIL 001N
La Contrataciòn Publica, es una herramienta, que permite unir voluntades entre personas, orientadas a contribuir con el cumplimiento de los objetivos del Estado, a los fines de adecuar las pautas, lineamientos y procesos del subsistema de contratación.
Yolimar Salcedo
ResponderEliminarCI:14677029
Ing.Civil 001
Es una herramienta, que permite unir voluntades entre personas, orientadas a contribuir con el cumplimiento de los objetivos del Estado y de las entidades que celebran un contrato. ... tiene lugar cuando las entidades públicas contratan con personas jurídicas o naturales del sector público o privado,
Eleide Fernández Gil.
ResponderEliminar10.898.222.
El contrato público es en el que al menos una de las partes es una Administración pública(Ministerio, Gobernación, Alcaldía, entre otros) cuando actúa como tal, y en el que está sometida a un régimen jurídico del Derecho privado que coloca al contratante en una situación de subordinación jurídica frente a la Administración.
En todo contrato administrativo tiene que participar por lo menos un órgano estatal en ejercicio de función administrativa. La Ley es la que define y se entiende propiamente como un órgano estatal, que en determinadas circunstancias puede incluir entes no estatales de Derecho público interno.